<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><rss version="2.0"
	xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/"
	xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"
	xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"
	xmlns:sy="http://purl.org/rss/1.0/modules/syndication/"
		>
<channel>
	<title>Comentarios para BLOG cirprotec</title>
	<atom:link href="http://www.cirprotec.com/blog/comments/feed/" rel="self" type="application/rss+xml" />
	<link>http://www.cirprotec.com/blog</link>
	<description>Especialistas en Protección contra el Rayo y las Sobretensiones</description>
	<lastBuildDate>Wed, 27 May 2009 08:56:01 +0200</lastBuildDate>
	<generator>http://wordpress.org/?v=2.8.5</generator>
	<sy:updatePeriod>hourly</sy:updatePeriod>
	<sy:updateFrequency>1</sy:updateFrequency>
		<item>
		<title>Comentario de ¿Qué dice la normativa acerca de las sobretensiones? por Dpto_Tecnico</title>
		<link>http://www.cirprotec.com/blog/%c2%bfque-dice-la-normativa-acerca-de-las-sobretensiones/comment-page-1/#comment-10</link>
		<dc:creator>Dpto_Tecnico</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 27 May 2009 08:56:01 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://housing164.ilimit.es/blog/?p=18#comment-10</guid>
		<description>Javier,

el REBT, en su comienzo en el artículo 1 dice literalmente: &quot;el REBT tiene por objeto establecer las condiciones técnicas y garantías que deben reunir las instalaciones eléctricas conectadas a una fuente de suministro en los límites de baja tensión&quot;. Esto quiere decir que está destinado a definir cómo se tiene que hacer una instalación receptora, independientemente de cuando haya sido construida la linea.

Posteriormente, encontrarás en el artículo 16.3 que literalmente dice: &quot;Los sistemas de protección para las instalaciones interiores o receptoras para baja tensión impedirán los efectos de las sobreintensidades y sobretensiones que por distintas causas cabe prever en las mismas y resguardarán a sus materiales y equipos de las acciones y efectos de los agentes externos&quot;.

Esto es un Real Decreto, y por lo tanto de obligado cumplimiento. &quot;Puedes interpretar&quot; que para todos los casos tendrías que tener protección contra las sobretensiones, tanto transitorias (caídas de rayo, conmutaciones, etc.) como permanentes. Posteriormente, en el Reglamento aparecen las Instrucciones Técnicas Complementarias, las cuales te desarrollan los articulados. Concretemente, también tienes la ITC-23, comentada anteriormente.

Quedando a tu disposición, espero que te sirva de ayuda.

Saludos</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Javier,</p>
<p>el REBT, en su comienzo en el artículo 1 dice literalmente: &#8220;el REBT tiene por objeto establecer las condiciones técnicas y garantías que deben reunir las instalaciones eléctricas conectadas a una fuente de suministro en los límites de baja tensión&#8221;. Esto quiere decir que está destinado a definir cómo se tiene que hacer una instalación receptora, independientemente de cuando haya sido construida la linea.</p>
<p>Posteriormente, encontrarás en el artículo 16.3 que literalmente dice: &#8220;Los sistemas de protección para las instalaciones interiores o receptoras para baja tensión impedirán los efectos de las sobreintensidades y sobretensiones que por distintas causas cabe prever en las mismas y resguardarán a sus materiales y equipos de las acciones y efectos de los agentes externos&#8221;.</p>
<p>Esto es un Real Decreto, y por lo tanto de obligado cumplimiento. &#8220;Puedes interpretar&#8221; que para todos los casos tendrías que tener protección contra las sobretensiones, tanto transitorias (caídas de rayo, conmutaciones, etc.) como permanentes. Posteriormente, en el Reglamento aparecen las Instrucciones Técnicas Complementarias, las cuales te desarrollan los articulados. Concretemente, también tienes la ITC-23, comentada anteriormente.</p>
<p>Quedando a tu disposición, espero que te sirva de ayuda.</p>
<p>Saludos
<p align="right"><a href="http://www.cirprotec.com/blog/wp-content/plugins/dd-report-comments/report.php?c=10" target="_blank">(Denunciar comentario)</a></p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de ¿Qué dice la normativa acerca de las sobretensiones? por JAVIER</title>
		<link>http://www.cirprotec.com/blog/%c2%bfque-dice-la-normativa-acerca-de-las-sobretensiones/comment-page-1/#comment-9</link>
		<dc:creator>JAVIER</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 26 May 2009 16:37:35 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://housing164.ilimit.es/blog/?p=18#comment-9</guid>
		<description>Gracias por la respuesta. El tendido eléctrico de la UEF lleva desde hace muchos años, anterior al nuevo REBT. Se trata de saber si una sobretensión en el tendido de la CIa electrica, exterior a la casa y causada por un rayo, siempre aéreo ese tendido hasta la entrada a nuestro cuadro, debe ser protegido a su entrada a nuestra instalación por nosotros o por la Cia electrica. Te agradezco si me concretas un poco más tu respuesta. Gracias</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Gracias por la respuesta. El tendido eléctrico de la UEF lleva desde hace muchos años, anterior al nuevo REBT. Se trata de saber si una sobretensión en el tendido de la CIa electrica, exterior a la casa y causada por un rayo, siempre aéreo ese tendido hasta la entrada a nuestro cuadro, debe ser protegido a su entrada a nuestra instalación por nosotros o por la Cia electrica. Te agradezco si me concretas un poco más tu respuesta. Gracias
<p align="right"><a href="http://www.cirprotec.com/blog/wp-content/plugins/dd-report-comments/report.php?c=9" target="_blank">(Denunciar comentario)</a></p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de ¿Qué dice la normativa acerca de las sobretensiones? por Dpto_Tecnico</title>
		<link>http://www.cirprotec.com/blog/%c2%bfque-dice-la-normativa-acerca-de-las-sobretensiones/comment-page-1/#comment-8</link>
		<dc:creator>Dpto_Tecnico</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 26 May 2009 07:13:45 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://housing164.ilimit.es/blog/?p=18#comment-8</guid>
		<description>Javier,

resumiendo lo que dice la ITC-23 del Reglamento, &quot;cuando la acometida es aérea se considera necesaria una protección contra sobretensiones de origen atmosférico en el origen de la instalación&quot;. También dice que es conveniente incluir dispositivos de protección en aquellas instalaciones donde &quot;se tenga que garantizar la continuidad del servicio, equipos de alto valor económico o donde se puedan producir pérdidas irreparables&quot;, es decir, siempre.

La compañía es propietaria de la red eléctrica, pero, no obstante, como bien dice, en el reglamento especifica que hay que proteger contra las sobretensiones (artículo 16.3) y la ITC 23 marca la obligatoriedad de esta protección cuando la acometida es aérea. Por tanto, el proyecto eléctrico se ha de reflejar de esta manera. El instalador, al firmar la conformidad de la instalación, es quien asegura que la instalación está conforme la normativa vigente, en este caso el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión y sus ITCs.

En el siguiente enlace, puedes ampliar la información, pues está la normativa colgada, incluyendo la ITC y el REBT: http://www.cirprotec.com/normativa.php

Saludos</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Javier,</p>
<p>resumiendo lo que dice la ITC-23 del Reglamento, &#8220;cuando la acometida es aérea se considera necesaria una protección contra sobretensiones de origen atmosférico en el origen de la instalación&#8221;. También dice que es conveniente incluir dispositivos de protección en aquellas instalaciones donde &#8220;se tenga que garantizar la continuidad del servicio, equipos de alto valor económico o donde se puedan producir pérdidas irreparables&#8221;, es decir, siempre.</p>
<p>La compañía es propietaria de la red eléctrica, pero, no obstante, como bien dice, en el reglamento especifica que hay que proteger contra las sobretensiones (artículo 16.3) y la ITC 23 marca la obligatoriedad de esta protección cuando la acometida es aérea. Por tanto, el proyecto eléctrico se ha de reflejar de esta manera. El instalador, al firmar la conformidad de la instalación, es quien asegura que la instalación está conforme la normativa vigente, en este caso el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión y sus ITCs.</p>
<p>En el siguiente enlace, puedes ampliar la información, pues está la normativa colgada, incluyendo la ITC y el REBT: <a href="http://www.cirprotec.com/normativa.php" rel="nofollow">http://www.cirprotec.com/normativa.php</a></p>
<p>Saludos
<p align="right"><a href="http://www.cirprotec.com/blog/wp-content/plugins/dd-report-comments/report.php?c=8" target="_blank">(Denunciar comentario)</a></p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de ¿Qué dice la normativa acerca de las sobretensiones? por JAVIER</title>
		<link>http://www.cirprotec.com/blog/%c2%bfque-dice-la-normativa-acerca-de-las-sobretensiones/comment-page-1/#comment-7</link>
		<dc:creator>JAVIER</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 24 May 2009 15:52:26 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://housing164.ilimit.es/blog/?p=18#comment-7</guid>
		<description>Hola, en una casa de campo alimentada por una linea aerea, ha caido un rayo en uno de los postes exteriores a la casa y han tenido averias importantes en la instalación y electrodomesticos. En la ITC23 se habla que se ha de proteger la instalación, pero no dice quién, querría saber si es responsabilidad de la Compañía Eléctrica o no y en ese caso si se pueden pedir responsabilidades por los daños a la Compañía. Gracias.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola, en una casa de campo alimentada por una linea aerea, ha caido un rayo en uno de los postes exteriores a la casa y han tenido averias importantes en la instalación y electrodomesticos. En la ITC23 se habla que se ha de proteger la instalación, pero no dice quién, querría saber si es responsabilidad de la Compañía Eléctrica o no y en ese caso si se pueden pedir responsabilidades por los daños a la Compañía. Gracias.
<p align="right"><a href="http://www.cirprotec.com/blog/wp-content/plugins/dd-report-comments/report.php?c=7" target="_blank">(Denunciar comentario)</a></p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de ¿Qué dice la normativa acerca de las sobretensiones? por Dpto_Tecnico</title>
		<link>http://www.cirprotec.com/blog/%c2%bfque-dice-la-normativa-acerca-de-las-sobretensiones/comment-page-1/#comment-5</link>
		<dc:creator>Dpto_Tecnico</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 24 Mar 2009 13:05:07 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://housing164.ilimit.es/blog/?p=18#comment-5</guid>
		<description>Manuel,

siguiendo las especificaciones del REBT-2002, artículo 16.3, es obligado en toda España proteger contra las sobretensiones.

En el siguiente enlace, puedes ampliar la información, pues está la normativa colgada: http://www.cirprotec.com/normativa.php

Saludos</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Manuel,</p>
<p>siguiendo las especificaciones del REBT-2002, artículo 16.3, es obligado en toda España proteger contra las sobretensiones.</p>
<p>En el siguiente enlace, puedes ampliar la información, pues está la normativa colgada: <a href="http://www.cirprotec.com/normativa.php" rel="nofollow">http://www.cirprotec.com/normativa.php</a></p>
<p>Saludos
<p align="right"><a href="http://www.cirprotec.com/blog/wp-content/plugins/dd-report-comments/report.php?c=5" target="_blank">(Denunciar comentario)</a></p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de ¿Qué dice la normativa acerca de las sobretensiones? por manuel perez</title>
		<link>http://www.cirprotec.com/blog/%c2%bfque-dice-la-normativa-acerca-de-las-sobretensiones/comment-page-1/#comment-4</link>
		<dc:creator>manuel perez</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 23 Mar 2009 12:53:51 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://housing164.ilimit.es/blog/?p=18#comment-4</guid>
		<description>me gustaria hacer una pregunta: es obligado proteger de las sobretensiones o unicamente es obligatorio en determinadas comunidades autonomas?</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>me gustaria hacer una pregunta: es obligado proteger de las sobretensiones o unicamente es obligatorio en determinadas comunidades autonomas?
<p align="right"><a href="http://www.cirprotec.com/blog/wp-content/plugins/dd-report-comments/report.php?c=4" target="_blank">(Denunciar comentario)</a></p>
]]></content:encoded>
	</item>
</channel>
</rss>
